Facturación Electrónica

¿Qué es Factura Electrónica?

Comprobante electrónico que respalda la venta de bienes y la prestación de servicios, el cual debe de ser generado, expresado y transmitido en formato electrónico en el mismo acto de la compra-venta o prestación del servicio.
Fuente: Dirección General de Tributación.

Soportec Facturación Electrónica:

  • Resolución Nº DGT-R-48-2016 del día 07 de octubre de 2016
  • Envió de la Factura Electrónica a través de email.
  • El receptor acepta o rechaza el documento.

¿Facturación Tradicional o Digital?

  • Resolución #11-97 de la Dirección General de Tributación Directa, publicada en la Gaceta Oficial 171 el 5/9/97
  • Entrega del documento físico, envió del pdf, entrega del mensajero.

Desventajas del método tradicional

Tiempo y recursos del proceso de facturación (Generación, Entrega, copiado, otros).
Costo de almacenamiento.
Búsqueda de información.
Deterioro de los documentos.

Ventajas de Facturación Electrónica

  • Agilidad en los procesos administrativos.
  • Reportes detallados por cliente en segundos.
  • Orden en sus cuentas por cobrar (CxC).
  • Almacenamiento de las facturas en formatos electrónicos.
  • Conexión directa con hacienda.
  • Mejor recaudación fiscal.
  • Automatización de su negocio.

Artículo 8º- Requisitos de los comprobantes electrónico

  • Versión del Documento.
  • Identificación(Cedula física-jurídica, DIMEX,NITE).
  • Tipo de Documento.
  • Numeración Consecutiva.
  • Clave Numérica.
  • Fecha de Emisión del Documento.
  • Hora de Emisión.
  • Condición de venta o servicios.
  • Medio de pago.
  • Leyenda de la normativa vigente
  • Detalle del producto o servicio.
  • Subtotal en moneda nacional.
  • Determinado si esta gravado o exento.
  • Totales en moneda Nacional.
  • Redactado en Español.

Obligatoriedad de Facturación Electrónica DGT-r-48-2016

Cedulas físicas y jurídicas terminadas en: 
1-2-3 Set-2018 / 4-5-6 Oct-2018 / 0-7-8-9 Nov-2018