¿Qué es Factura Electrónica?
Comprobante electrónico que respalda la venta de bienes y la prestación de servicios, el cual debe de ser generado, expresado y transmitido en formato electrónico en el mismo acto de la compra-venta o prestación del servicio.
Fuente: Dirección General de Tributación.
Soportec Facturación Electrónica:
- Resolución Nº DGT-R-48-2016 del día 07 de octubre de 2016
- Envió de la Factura Electrónica a través de email.
- El receptor acepta o rechaza el documento.
¿Facturación Tradicional o Digital?
- Resolución #11-97 de la Dirección General de Tributación Directa, publicada en la Gaceta Oficial 171 el 5/9/97
- Entrega del documento físico, envió del pdf, entrega del mensajero.
Desventajas del método tradicional
Tiempo y recursos del proceso de facturación (Generación, Entrega, copiado, otros).
Costo de almacenamiento.
Búsqueda de información.
Deterioro de los documentos.
Ventajas de Facturación Electrónica
- Agilidad en los procesos administrativos.
- Reportes detallados por cliente en segundos.
- Orden en sus cuentas por cobrar (CxC).
- Almacenamiento de las facturas en formatos electrónicos.
- Conexión directa con hacienda.
- Mejor recaudación fiscal.
- Automatización de su negocio.
Artículo 8º- Requisitos de los comprobantes electrónico
- Versión del Documento.
- Identificación(Cedula física-jurídica, DIMEX,NITE).
- Tipo de Documento.
- Numeración Consecutiva.
- Clave Numérica.
- Fecha de Emisión del Documento.
- Hora de Emisión.
- Condición de venta o servicios.
- Medio de pago.
- Leyenda de la normativa vigente
- Detalle del producto o servicio.
- Subtotal en moneda nacional.
- Determinado si esta gravado o exento.
- Totales en moneda Nacional.
- Redactado en Español.
Obligatoriedad de Facturación Electrónica DGT-r-48-2016
Cedulas físicas y jurídicas terminadas en:
1-2-3 Set-2018 / 4-5-6 Oct-2018 / 0-7-8-9 Nov-2018